Acceso no
autorizado a sistemas o servicios y
destrucción de programas o datos
Ésta conducta se encuentra regulada en el Código Penal Federal, artículos 211 bis 1 a 211 bis
7, que determinan en resumen lo siguiente:
Las penas
se incrementarán en una mitad cuando las conductas se realicen por
empleados del sistema financiero y se incrementarán
hasta en una mitad cuando la información obtenida se realice en provecho.
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