viernes, 3 de febrero de 2012

Articulo de Legislacion Informatica

Acceso no autorizado a sistemas o  servicios y destrucción de programas o datos
 Ésta conducta se encuentra regulada  en el Código  Penal Federal, artículos 211 bis 1 a 211 bis 7, que determinan en resumen lo siguiente:
Las penas se incrementarán en una mitad cuando las conductas se realicen por empleados  del sistema financiero y se incrementarán hasta en una mitad cuando la información obtenida se realice en provecho.

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